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11 Jun 2021 | Destacado

Proyecto de ley busca reformar el sistema de adopción

Reforma al sistema de adopción cambia el orden de prelación en beneficio de los niños y niñas

Una completa transformación al actual sistema de adopción en Chile es lo que plantea el proyecto, en segundo trámite, que está analizando la Comisión de Constitución del Senado y que entre otras innovaciones, elimina el actual orden de prelación al momento de adoptar a un niño o niña.

Así lo explicó el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, al dar a conocer detalladamente los principales cambios que contempla la iniciativa que fue presentada durante la primera administración del Presidente Sebastián Piñera y que recibió dos indicaciones sustitutivas durante el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.

Según el secretario de Estado, el proyecto contempla una actualización de las causales de adoptabilidad y elimina el orden de prelación en beneficio del interés superior del niño y niña, permitiendo que también puedan ser adoptados por personas que no estén en pareja. Actualmente, se privilegia la adopción por parte de matrimonios chilenos y extranjeros, lo que cambia con la iniciativa, pues se privilegia que el menor permanezca en Chile.

ALCANCES DEL PROYECTO

También se regula edad máxima y mínima de los adoptantes; se eleva el estándar para acreditar la condición de adoptante, a nivel administrativo y judicial; se consagran derechos como el que el niño pueda ser oído (se le consulte su opinión) y la búsqueda de origen.

Se considera la unificación del concepto de adoptabilidad y se contemplan 5 causas de adopción: cuando hay imposibilidad de ambos padres de hacerse cargo del hijo; cuando la madre el padre o ambos manifiesten voluntariamente su deseo de entregarlos en adopción; cuando no hay filiación determinada; en caso de orfandad de padre o madre o ambos y que no haya quien se haga cargo; y por integración, que es cuando el niño es abandonado por uno de sus padres y el otro tiene un matrimonio o una unión y quieren adoptarlo.

Otro de los aspectos que se regula es la posibilidad restringida de adopción por parte de los guardadores; se norma la adopción de un niño adoptado en el extranjero y se plantea que los adoptantes tengan los mismos beneficios o subsidios que los padres que tienen a su cuidado menores, es decir post natal, entre otros.

Fuente: Ámbito Jurídico
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